OFICINA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
El 29 de junio de 1995, en un acto celebrado en el Palacio de los Capitanes Generales, se da a conocer públicamente la creación de la Oficina Nacional de Administración Tributaria. Luego, por la Resolución V No.135, de fecha 20 de Septiembre de 1995, dictada por el Ministro de Finanzas y Precios, se instituye la ONAT como Unidad Presupuestada y con representación en cada uno de los municipios del país.
Esta organización se establece para ejecutar las funciones que en materia impositiva le fueron asignadas al Ministerio de Finanzas y Precios, mediante el Acuerdo No. 2819 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros. A su vez, este fue ratificado por la Asamblea Nacional del Poder Popular, al aprobar la Ley No. 73 del Sistema Tributario Cubano del 4 de Agosto de 1994 y actualizado en el año 2012 con la promulgación de la Ley 113 como nueva norma tributaria de rango superior.
La ONAT en Cauto Cristo está radicada en la calle Ngullen Van Troy Nro.5, con una plantilla de 16 trabajadores que se encargan de cumplir y hacer que se cumpla lo dispuesto en las normas tributarias dictadas. Las funciones principales que ejecuta son la gestión de los tributos a favor del Presupuesto del Estado, el control fiscal a las actividades económicas y la asistencia a los contribuyentes de su domicilio fiscal. El universo de contribuyentes en el municipio está estructurado en 74 personas jurídicas y 2027 personas naturales, predominando la actividad económica agropecuaria como fuente principal de ingresos.
El logotipo surgió en el mes de diciembre de 1995, meses después de fundada la institución. Consiste en un triángulo equilátero, que representa los ingresos totales percibidos por el contribuyente, además de equidad, equilibrio y dinamismo, características que deben primar en nuestra institución. El triángulo más pequeño que constituye la letra A, representa lo que tributa el contribuyente y la idea de que somos los responsables de velar por ellos. El triángulo y los colores blanco, rojo y azul están relacionados con los elementos presentes en la bandera nacional.
Figura insigne: Carlos Roloff Mialofsky
Nació el 4 de Noviembre de 1842 en Varsovia, Polonia. En 1865 llegó a la entonces colonizada isla de Cuba, tierra que supo hacer suya a fuerza de entrega total e incondicional. En 1901 el Mayor General del Ejército Libertador Carlos Roloff fue nombrado Tesorero de la Isla de Cuba. Un año después, el 20 de mayo de 1902, este veterano guerrero de nuestras luchas independentistas, quien también fuera dirigente del Partido Revolucionario Cubano, fundado por José Martí, se convertiría en el Tesorero General de la República. Este patriota ejemplar, a quien Martí se refirió en múltiples ocasiones con elogios, epítetos y caracterizaciones profundas, tanto desde las páginas del Periódico Patria como en su correspondencia particular, es hoy fuente de inspiración para los trabajadores de la Administración Tributaria, que buscan con el rescate de su figura, pensamiento y conducta, afianzar valores como la honestidad, imparcialidad, justicia, modestia y sencillez tan presentes en él.
Misión de la ONAT
“Garantizamos el cumplimiento de las responsabilidades Tributarias, con un servicio de calidad en beneficio de la sociedad”
Visión de la ONAT
“Somos una administración que presta servicios tributarios con eficacia. Empleamos técnicas y tecnologías novedosas y contamos con recursos humanos íntegros, motivados y profesionales”.
Valores que se defienden
Patriotismo, Profesionalidad, Integridad, Sentido de pertenencia, Reconocimiento.
Detalles de los Tributos:
El Tributo: las prestaciones pecuniarias que el Estado exige, por imperio de la Ley, con el objetivo de obtener los recursos necesarios para la satisfacción de los gastos públicos y el cumplimiento de otros fines de interés general.
Los tributos se clasifican en:
- Impuestos,
- Tasas
- Contribuciones
El Impuesto: El tributo exigido al obligado a su pago, sin contraprestación específica.
Existen 19 Impuestos.
Tasa: El tributo por el cual el obligado a su pago recibe una contraprestación en servicio o actividad por parte del Estado
Existen 3 Tasas
Contribuciones: El tributo para un destino específico y determinado, que beneficia directa o indirectamente al obligado a su pago.
Existen 3 Contribuciones
¿Qué es la Declaración Jurada, quién debe hacerla, cómo y cuándo se realiza?
- La Declaración Jurada es la información que presta el contribuyente porque se lo exige la Ley, mediante la cual se determina la cuantía a pagar por concepto del tributo. A partir de su presentación el declarante queda obligado con el contenido, exactitud de los datos consignados en ella. Si no presenta la declaración o la realiza inexacta, incompleta o fraudulenta, el contribuyente puede ser sancionado. La declaración se realiza llenando los documentos y formularios que a tales efectos instituye la Administración Tributaria. La Ley establece para cada tributo el período en el que deben presentar la Declaración Jurada y realizar el pago.
Los Derechos Generales del Contribuyente:
- A recibir un trato amable, profesional y considerado.
- A disfrutar de un ambiente agradable, pulcro y ordenado.
- A que se le aplique la legislación tributaria de manera justa imparcial.
- A que se proteja la confidencialidad de su información.
- A recibir servicios gratuitos de consulta y otros que faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias en las oficinas de la ONAT.
- A presentar reclamaciones contra la actuación administrativa y a recibir respuestas en el tiempo establecido.
Contáctenos a través del Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


















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